El Juzgado en lo Civil y Comercial de 28° Nominación admitió formalmente una acción de amparo colectivo presentada por contadores públicos activos y pasivos (jubilados, pensionados, jubilados por invalidez y discapacitados) de la Caja de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Córdoba (CPSPCEC).
Los amparistas solicitan a la entidad previsional la eliminación de las formalidades rigurosas para ejercer el derecho a peticionar y la incorporación de cuatro puntos del orden del día de la próxima asamblea, vinculados con el reajuste del haber jubilatorio básico.
La jueza Angela Vinti también ordenó que el proceso se inscriba o registre en el Sistema de Administración de Causas Multifueros en la categoría “amparos colectivos” y solicitó a la CPSPCEC que presente el informe previsto por el artículo 8° de la Ley 4915.
Causa: “Forneris, Juan Carlos y otros c/ Caja de Previsión Social para Profesionales en Ciencias Económicas de Córdoba (CPSPCEC) - Acción de amparo colectivo”.
Fecha: 28 de mayo de 2025.
Resolución: Auto n.° 103.