01 de abril de 2020

Prorrogan por 90 días las medidas cautelares dictadas en amparos contencioso-administrativos

La resolución abarca las medidas dictadas en procesos de amparo en contra del Estado provincial o sus entidades autárquicas o descentralizadas, ya vencidas o por vencerse durante el receso sanitario.

El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) prorrogó automáticamente por 90 días desde su fecha de vencimiento aquellas medidas cautelares que vencían durante el receso judicial extraordinario y que hayan sido dictadas en procesos de amparo tramitados en el Fuero Contencioso Administrativo. Asimismo, se precisó que las medidas que vencidas durante el receso judicial extraordinario se prorrogan automáticamente por 90 días desde la fecha de emisión de la Resolución de Presidencia n.° 27.
La disposición, adoptada en el marco de la emergencia sanitaria, abarca las medidas dictadas en los supuestos del artículo 4 bis de la Ley N°4915 tales como las acciones de amparos en contra de los Poderes Ejecutivo, Legislativo o Judicial de la Provincia de Córdoba, sus entidades autárquicas o descentralizadas, y demás supuestos de competencia del Fuero Contencioso Administrativo.

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