El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 1° Nominación de la ciudad de Córdoba autorizó el egreso provisorio de cuatro hermanos de 13, 10, 8 y 6 años, que vivían en el hogar San Marcos Sierra, para que pasen la emergencia sanitaria desencadenada por el COVID-19 en la casa del matrimonio voluntario con el que había desarrollado un vínculo afectivo “sostenido y estable”.
La decisión fue adoptada por la jueza Soledad Vieites después de llevar a cabo una audiencia por videollamada, a través de la aplicación WhatsApp, con los niños institucionalizados y su representante complementaria, la asesora letrada Analía Kiehl. De esta forma, la magistrada pudo tomar contacto directo con ellos a fin de poder conocer su opinión respecto a la posibilidad de transitar lo que resta de la cuarentena en la casa de los esposos J. B. y J. O.
El decreto que dispone el egreso provisorio también otorga al matrimonio la guarda judicial provisoria de los cuatro niños hasta tanto perdure la emergencia sanitaria dispuesta por Ley n.° 27.541.
La jueza Vieites tuvo en cuenta que el hogar alberga 32 menores de edad, en su mayoría adolescentes, y que, en este momento, sólo hay ocho los docentes responsables, distribuidos en cuatro turnos. “Repárese que el aislamiento forzoso, sumado la ansiedad y el desborde que aquel acarrea; las tareas escolares que deben efectuarse de manera virtual; y las propias particularidades y complicaciones de cada niño y adolescente -signadas por el abandono, la violencia, y en muchos casos por severos problemas de salud y discapacidad-, destacan un contexto singular que exacerba la necesidad de una dedicación especial por parte de los docentes a cargo”, explicó la magistrada.
En los fundamentos de la resolución la jueza también refirió que los niños, desde hace un tiempo y hasta el confinamiento obligatorio, han mantenido encuentros y han compartido las fiestas de fin de año con este matrimonio voluntario de la Fundación Sierra Dorada, con quienes “han entrelazado un vínculo afectivo sostenido y estable”.
La magistrada agregó que luego de declarada la emergencia sanitaria, el matrimonio de continuó comunicándose diariamente en forma telefónica con los niños y han manifestado telefónicamente su expresa voluntad de recibirlos en su hogar por el tiempo que dure la cuarentena.
Causa: G., T. F. – B., A. E. – B. G., A. J. – G., A. E. – G., M. N. - Control de legalidad (Ley 9944 - Art. 56).
Fecha: 6 de abril de 2020.
Resolución: Decreto dictado con fecha 6 de abril de 2020.