02 de noviembre de 2021

Bajo Grande: responsabilizan a Municipalidad y Provincia por la contaminación del río Suquía

La decisión judicial se adoptó en el marco de una acción iniciada por la Fundación Centro de Derechos Humanos y Ambiente y otros afectados que invocaban su carácter de vecinos ribereños.

En base  a  aplicación de la Ley General del Ambiente (Ley 25.675), el Juzgado en lo Civil y Comercial de 14ª Nominación de la ciudad de Córdoba  determinó que se configuró un daño ambiental colectivo al río Suquía a causa de la contaminación provocada por la planta depuradora de aguas residuales de Bajo Grande. El tribunal, además, declaró la responsabilidad de la Municipalidad de Córdoba y de la Provincia de Córdoba en su producción.

El juez Julio L. Fontaine (h) tomó esta decisión en el marco de una acción iniciada por la Fundación Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA) y otros afectados que invocaban su carácter de vecinos ribereños, luego de considerar que estos sujetos estaban legitimados para formular la demanda.

En el caso de la Municipalidad de Córdoba, la responsabilidad fue establecida en su carácter de titular y administradora de la Planta EDAR Bajo Grande, cuyo deficiente funcionamiento provocó una contaminación sostenida en el río Suquía, entre el emplazamiento de la planta y el kilómetro 18 del Camino a Chacra de la Merced, producto del volcamiento de residuos cloacales sin tratar o con tratamiento mínimo al curso del río.

Por su parte, la Provincia fue considerada responsable por su omisión en el ejercicio del poder de policía ambiental, en su carácter de titular del dominio originario del río Suquía, donde se produjo el daño ambiental analizado.

En consecuencia, el tribunal ordenó diversas medidas e informes, a cargo de las demandadas, a los fines de determinar la viabilidad de la recomposición ambiental y/o la procedencia de la indemnización sustitutiva, en los términos de la Ley 25.675.


Causa: "Fundación Centro de Derechos Humanos y Ambiente (Cedha) y otros c/ Municipalidad de Córdoba y otro - Ordinario – Otros".
Fecha: 2 de noviembre de 2021.
Resolución: 193.

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