23 de febrero de 2022

Ordenan suspender los servicios de internet y TV por cable a un padre incumplidor

Además, le suspendieron la línea de telefonía celular y la licencia de conducir. Debe la cuota alimentaria a sus siete hijos que viven con los abuelos maternos.

El Juzgado en lo Civil y Comercial y de Familia de 1° Nominación de Bell Ville ordenó suspender los servicios de internet, televisión por cable y telefonía celular a un progenitor que adeuda la cuota alimentaria de sus siete hijos, quienes actualmente viven con sus abuelos maternos. El tribunal también dispuso que le sea retirada la licencia de conducir.

Estas medidas provisorias libradas por el juez Sergio Enrique Sánchez tendrán vigencia hasta que el alimentante acredite haber cumplido con la cuota alimentaria fijada por la Justicia. El reclamo fue iniciado por los abuelos maternos, quienes actualmente se encuentran a cargo de los siete niños.

En el expediente, el progenitor explicó que, a causa de la pandemia, tuvo que cerrar en 2020 la carnicería que tenía en un supermercado, puesto que no podía afrontar los gastos que insumía aquel emprendimiento. Añadió que, por esa circunstancia, no había podido abonar la cuota alimentaria de los niños.

También puntualizó que, posteriormente, ingresó a trabajar en relación de dependencia como chofer de una empresa alimentaria y se comprometió a abonar la cuota alimentaria fijada a favor de sus hijos como así también brindarle una obra social. Sin embargo, tampoco cumplió con estos compromisos; sino que, tras disponerse que el empleador retuviera la obligación alimentaria del salario, renunció al trabajo formal, dejando así sin éxito la resolución judicial.

Ante esa situación, el juez Sánchez ordenó la suspensión de la licencia de conducir, de la telefonía celular, del servicio de internet y de la televisión por cable; luego de resaltar la “conducta incumplidora y desinteresada” del progenitor.
En su resolución, el magistrado argumentó que “el hecho de ser padres conlleva responsabilidades de todo tipo, ello en pos de la protección y desarrollo del interés superior de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos y obligaciones”.


Causa: “P., A. R. y otro c/ I., J. D. – Alimentos”.
Fecha: 27 de octubre de 2021.
Resolución: Auto n.° 325.

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