17 de mayo de 2022

Comenzó el juicio contra Amoedo por el delito de homicidio culposo por conducción imprudente

El debate se desarrolla en la Cámara en lo Criminal y Correccional de 9° Nominación. En el siniestro vial, murieron dos personas y otra resultó herida.

El martes 17 de mayo comenzó a desarrollarse el juicio oral y público contra el imputado Alan Amoedo por los delitos de homicidio culposo por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, doblemente calificado (dos resultados); y lesiones culposas graves por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor calificadas, en concurso ideal. Según la acusación, el imputado provocó un siniestro vial en la Avenida de Circunvalación Agustín Tosco que ocasionó el deceso inmediato de Rodrigo Agustín Burgos y Sol Viñolo como así también múltiples heridas a Fernanda Guardia.

La Cámara en lo Criminal y Correccional de 9° Nominación de la ciudad de Córdoba está integrada por los vocales Roberto Cornejo, Martín Bertone, Gustavo Rodríguez Fernández; mientras que el Ministerio Público Fiscal está representado por el fiscal de Cámara, Gustavo Arocena. Los letrados Benjamín Sonzini Astudillo y Miriam Nieva están a cargo de la defensa del acusado; Claudio Orosz actua como apoderado de las querellantes particulares Natalia Lescano (madre de Sol Viñolo) y Fernanda Guardia; en tanto que, Pablo Ramiro Fresneda es el apoderado de la querellante particular María Clara Muiño.

En principio, las audiencias de debate están fijadas para los días 17, 19, 20 y 23 de mayo. Como en otras oportunidades, el tribunal autorizó el registro audiovisual a las personas acreditadas de la apertura del debate, incluida la lectura de la acusación; la discusión final y los alegatos de las partes; y la lectura de la sentencia, tanto en su parte dispositiva como de sus fundamentos (ver archivo adjunto). También hizo conocer que las audiencias de debate van a ser debidamente registradas por el sistema audiovisual del Poder Judicial de Córdoba.

En tanto, no podrá exhibirse por los medios de prensa el registro audiovisual de los testimonios o de la prueba que se presente durante el debate, pues consideró que “ello resulta necesario para resguardar los fines del proceso y la indemnidad de los testigos que deberán declarar en distintos días”.


RELATO SUCINTO DEL HECHO

El diecisiete de mayo de 2021, siendo aproximadamente las 16 hs, Alan Alejandro Amoedo se dirigía al volante del automóvil Volkswagen Vento dominio GHO-004, circulando por el anillo interno de la Av. de Circunvalación Agustín Tosco -con sentido y dirección de Sur Este a Nor-Oeste de esta ciudad de Córdoba, haciéndolo por el carril derecho de la arteria, conduciéndose de manera imprudente e inobservando los reglamentos (en razón de utilizar la banquina a modo de vía de circulación y en estado de ebriedad).

Para ese momento, Rodrigo Agustín Burgos, Sol Anahí Viñolo y Fernanda Guardia, se encontraban sentados sobre la parte de tierra y césped en un sector contiguo a la banquina Nor-Este de la Av. de Circunvalación Agustín Tosco, próximos al lugar donde estaban detenidos sobre aquella sus rodados Suzuki Fun y Chevrolet Ónix que se habría encontrado detenido sobre la banquina Nor-Este de Av. de Circunvalación, en virtud de un desperfecto que cursaba el Suzuki Fun.

Así las cosas, el imputado Amoedo, en momentos en que lo hacía a la altura del Km. 30 aproximadamente, realizó un cambio de dirección hacia su derecha y accedió a la banquina Nor-Este de la mencionada avenida conduciendo a una velocidad mínima de 81,30 km/h, y embistió con su sector frontal izquierdo al sector posterior derecho  del automóvil Suzuki. Como consecuencia del impacto descripto, el referido rodado es proyectado hacia adelante, impactando en su trayectoria con su sector frontal el automóvil Chevrolet Ónix.

Luego de esta colisión, el Suzuki Fun prosigue con su trayectoria, donde impacta con un vehículo no identificado. En esas circunstancias, el automóvil Volkswagen Vento conducido por el imputado Amoedo embistió en su trayectoria post-colisión, a la víctima Burgos presumiblemente con el sector frontal, el cual al iniciar el giro que el mismo experimentó en sentido anti-horario, proyectó a la víctima hacia el cardinal Nor-Oeste, junto con la chapa patente delantera del vehículo.

Seguidamente, impactó a la víctima Viñolo, la cual fue proyectada en la misma dirección que realiza el desplazamiento post-colisión, quedando finalmente detenida la misma hacia el cardinal Nor-Este de la posición final del automóvil Volkswagen Vento y además impactó a Fernanda Guardia. Esta cadena de impactos, provocó las siguientes secuelas: el deceso inmediato de Burgos y Viñolo, siendo la causa eficiente de las muertes, “traumatismo múltiple", en tanto Fernanda Guardia resultó con distintas fracturas por el que se le asignaron más de 30 días de curación e inhabilitación laboral.

Últimas noticias


1

Tribunal de juicio debe fundamentar la prisión preventiva en el mismo momento en el que la dispone

Así lo recomendó la Sala Penal del TSJ. Excepcionalmente, podrán diferir la razones del encierro cautelar durante un plazo no superior a 24 horas.
Ampliar


2

Establecen carácter colectivo de amparo por creación de zona de resguardo ambiental

La presentación fue concretada por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables contra la Municipalidad de Marcos Juárez.
Ampliar


3

Ordenan publicar condena a banco por incumplir medidas de seguridad contra las ciberestafas

Así, se busca advertir a otros consumidores sobre este tipo de prácticas. La sentencia concluyó que el incumplimiento de normas del BCRA “propició que se perfeccione la práctica delictiva”.
Ampliar


4

Elevan a juicio causa por presuntas estafas relacionadas con inversiones en criptomonedas

Mediante la firma Adhemar Capital SRL captaban clientes que aportaban dinero para comprar criptodivisas. Cumplidos los plazos del contrato no pagaban los intereses ni devolvían el capital.
Ampliar


¡Comparte!

Maneja el Texto

Aa- aA+