26 de noviembre de 2025

Informan por correo postal a las personas sorteadas para integrar jurados populares en 2026

Se envía la carta a quienes aún no respondieron por CiDi o por WhatsApp. Contiene un formulario impreso que debe enviarse, sin costo, a la Oficina de Jurados. También puede completarse en línea.


Desde esta semana, parte de las personas sorteadas para integrar jurados populares en 2026 comenzarán a recibir, en sus domicilios, notificaciones con los formularios de contacto impreso. Se envía la carta a quienes aún no respondieron por CiDi o por WhatsApp. El documento debe ser completado y reenviado, sin cargo, a la Oficina de Jurados Populares. La carta contiene, además, un código QR al formulario que puede ser completado directamente en línea, lo que reemplaza el envío del papel por correo. 

La correspondencia será distribuida, en toda la provincia, por Correo Argentino. Si la persona sorteada elije completar el formulario en papel, este deberá ser devuelto a la Oficina de Jurados Populares del Poder Judicial de Córdoba, por cualquier sucursal de Correo Argentino. Deberán hacerlo en el sobre con franqueo pago (totalmente gratuito), que habrán recibido en su domicilio en el mismo envío. 

Aún se puede consultar el padrón provisorio de jurados populares para el 2026 en la sección específica de la página web oficial de la Justicia de Córdoba, en http://bit.ly/JuradosPopulares. Desde allí mismo, quienes figuren en ese listado podrán completar el formulario en línea, ingresando al Portal para la Ciudadanía del Poder Judicial (https://www.justiciacordoba.gob.ar/portalciudadania), con su clave de CIDI.

La Oficina de Jurados Populares analizará las respuestas y, tras un proceso de depuración, conformará el padrón definitivo con quienes cumplan con los requisitos que establece la Ley 9.182. Para obtener mayor información, comunicarse con la Oficina de Jurados Populares al teléfono (0351) 4266852, entre las 8 y las 14 horas, o bien, al correo electrónico oficinajurados-cba@justiciacordoba.gob.ar.

Conforme lo establece la Ley 9.182, los jurados populares integran las Cámaras del Crimen, en mayoría -ocho ciudadanos y tres magistrados-, cuando se someten a juicio personas imputadas por crímenes aberrantes, delitos económicos y hechos de corrupción. Las personas convocadas reciben por parte del Estado provincial una retribución diaria por el término que demande el cumplimiento de su función.


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