Durante un juicio abreviado inicial, el Juzgado de Control en lo Penal y Económico de Córdoba condenó a seis años y nueve meses de prisión a Juan Santiago Caballero, en calidad de jefe y autor de asociación ilícita y estafas reiteradas. En tanto, impuso una pena de tres años de prisión de ejecución condicional a los imputados Roberto Fabio Rudelli y Osvaldo Prats, en calidad de miembros de la misma asociación ilícita. Los acusados operaban bajo la apariencia de un holding dedicado a la comercialización de vehículos 0 kilómetro y casas prefabricadas.
En la misma causa, el juez Gustavo Enrique Hidalgo confirmó la elevación a juicio de otros 13 miembros de la organización por los delitos de asociación ilícita y estafas. Se trata de los imputados Fabrizio Scotta, Santiago Rivara, Gabriel Maximiliano Ramírez, Luis Arnaldo Pereyra, Gustavo Alejandro Pereyra, Lulio César Nepote, Patricia Viviana Monteleone, Miguel Francisco Fazio, Juan Ariel Menchón, Marianela Fanny Caballero, Sergio Fabián Gasaro, David Gastón Bracamonte y Néstor Luis Maggini Calvo. En otra resolución, el magistrado le concedió la suspensión del juicio a prueba por el delito de asociación ilícita a Rolando Alfredo Jurado Blanco.
La investigación penal estuvo a cargo de la Fiscalía de Instrucción Subrogante. Se logró determinar la existencia de una organización criminal que operaba bajo el ropaje jurídico de la firma Grupo Red, un holding societario conformado por diversas empresas, algunas dedicadas a la comercialización de vehículos 0 kilómetro y viviendas prefabricadas. Estos hechos ocurrieron entre los años 2013 y 2019.
Las maniobras
A través de las diferentes empresas y en ejercicio de un rol previamente determinado, los miembros de la banda, que eran familiares y allegados al líder, se valieron de discursos y publicidad engañosa como así también de una aparente solvencia, para atraer a un número indeterminado de personas en la ciudad de Córdoba, el interior provincial y otras regiones del país.
Las víctimas fueron seducidas por un plan de pago ilusorio para la adquisición de vehículos 0 Km, que incluían promesas de bonificaciones. La trampa consistía en que el cliente podía fijar su propia cuota mensual, aun siendo fija y en pesos; en tanto, como no se fijaba el monto total del vehículo, el cliente nunca terminaba de pagarlo y sus aportes eran ilegítimamente apropiados por los miembros de esta banda, quienes, a su vez, mudaban los fondos a otra empresa del mismo holding.
La huida
En la etapa final, ante los numerosos reclamos, los integrantes de la organización “despapelizaron” a algunos damnificados: con diversas excusas les retiraban los contratos y recibos, ofreciéndoles a cambio cheques de pago diferido a la postre sin fondos para así quitarles las potenciales pruebas que pudieran utilizar en demandas judiciales.
En este contexto, cerraron abruptamente la oficina radicada en la ciudad de Córdoba y dejaron desamparados a los damnificados. El líder y algunos miembros se radicaron en el exterior, lo que tornó necesario tramitar un pedido de captura internacional para ellos.
Causa: “Aparecida de Almeida, Mirlaine y otros p. ss. aa. Asociación ilícita y estafas reiteradas”.
Fechas: 7 de agosto de 2026, 16 de diciembre de 2025, 20 de febrero de 2026.
Resoluciones: Sentencia n.° 35, Auto n.° 210, Auto n.° 19.