Familia :: 28/03/2022

En una tutela, destacan el deber de proteger el derecho a la salud de niños, niñas y adolescentes

El tribunal ofició al Ministerio de Salud provincial y la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Córdoba para que adopten conductas que protejan los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Al resolver el pedido de tutela efectuada por las hermanas de una adolescente, el Juzgado de Familia de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba ordenó oficiar al Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba y a la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Córdoba para que tomen conocimiento de la desprotección del derecho a la salud de la joven y eviten, en lo sucesivo, que personas menores de edad en esa situación queden sin atención médica, durante el tiempo que lleva la tramitación de la tutela judicial.


El juez Gabriel Tavip otorgó a sus hermanas mayores de edad la tutela de una adolescente cuyos padres habían fallecido. Para así resolver tomó contacto personal con todas las partes involucradas y, entonces, advirtió que la joven tenía una severa discapacidad motriz. En ese marco, señaló que los tratamientos requeridos no habían sido llevados a cabo, ya que en los centros de salud se les pedía a las hermanas que tuvieran la tutela otorgada, a pesar que ya se había concedido una autorización judicial a dichos efectos.


El magistrado destacó la absoluta desprotección al derecho a la salud de la adolescente y consideró que esta falta de contención importa una “negligencia profunda en la actuación de profesionales de la salud y en los encargados de las instituciones médicas”. En tal sentido, indicó: “Incluso para el caso en que entendieran que no pueden actuar sin la debida autorización de los representantes legales de un niño, niña o adolescente, deben arbitrar de oficio -es decir, por sí mismos- los medios legales para obtenerlo”.


También resaltó que el deber legal de proteger la salud de los niños, niñas y adolescentes pesa tanto sobre los profesionales y centros médicos públicos como privados y solicitó la máxima difusión de la resolución para que la población, en general, tenga un acabado conocimiento de los derechos que el sistema jurídico les otorga y que “no pueden ser privados de manera arbitraria” de ellos.


En la resolución, el juez Tavip explicó que el objetivo de la “tutela” es la protección de niños, niñas y adolescentes que carecen de progenitores que ejerzan la responsabilidad parental. Asimismo, remarcó la importancia de la escucha personal de la adolescente y las tareas de cuidado que, acabadamente, cumplen sus hermanas mayores.


Causa: “M. B., N. K. N. - Tutela”.

Fecha: 7 de marzo de 2022.

Resolución: Sentencia n.° 43.







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