11/04/2022

El TSJ aprobó un protocolo de actuación para el Fuero de Niñez y Adolescencia provincial

En su elaboración, intervino la Oficina de Coordinación de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar, Género y Penal Juvenil. Se busca facilitar el acceso a una tutela judicial efectiva.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ), a través del AR N.° 1751, estableció pautas de trabajo para el Fuero de Niñez y Adolescencia provincial, que buscan reducir los tiempos del proceso de control de legalidad de las medidas adoptadas por la Secretaría de Niñez Adolescencia y Familia (Senaf) y garantizar el acceso a una tutela judicial efectiva de niños, niñas y adolescente (NNA) en condiciones de vulnerabilidad; como así también adecuar la normativa local al nuevo paradigma vigente en relación con las personas con discapacidad.

Entre otras actividades, se sistematizaron, homogeneizaron y formalizaron prácticas que venían llevándose a cabo en las diferentes oficinas judiciales. Para ello, se contó con la colaboración y los aportes de las juezas con competencia en Niñez y Adolescencia de la sede Capital y Río Segundo; las asesoras de Niñez y Adolescencia del 7° y 10° Turno de la sede capital; la Secretaría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (Senaf) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Córdoba; la Administración General del Poder Judicial; la Relatoría Civil de la Sala Civil del TSJ; la Oficina de Derechos Humanos y Justicia y el Programa AJuV del TSJ; el Servicio de Guarda y Adopción y Registro Único de Adopción del Poder Judicial de Córdoba.

Mayor celeridad

Con el objetivo de arribar a una resolución más respetuosa de los tiempos y necesidades de NNA que atraviesan una situación de vulnerabilidad, de manera mancomunada y articulada, se acordaron diversos criterios de actuación con diferentes dependencias del Poder Judicial, como así también con la Senaf, en razón del rol esencial que ocupa en estos procesos de naturaleza mixta.

Entre otros acuerdos, se destacan los siguientes: 

- Se convinieron con la Senaf modelos de informes técnicos referidos a la adopción y al cese de las medidas excepcionales, conforme a las necesidades y experiencias de los operadores judiciales. Asimismo, se pautó con esta institución la tramitación, a su cargo y en una primera instancia, del certificado que da cuenta de la existencia de una posible limitación de capacidad en la persona del progenitor involucrado. De esta manera, el operador judicial contará, desde un primer momento, con el certificado que habilite el inicio de la demanda de limitación de capacidad. Estos casos también serán comunicados a la Oficina de Derechos Humanos.

- La Oficina de Derechos Humanos y Justicia del Poder Judicial, a través de una intervención interdisciplinaria y de abordaje comunitario, brindará acompañamiento en las causas que involucren a progenitores envueltos en un proceso de Limitación de Capacidad tramitado ante el Fuero Civil, con implicancias directas en los Controles de Legalidad.

- La Administración General del Poder Judicial será la responsable de la coordinación y ejecución de traslados de personas, necesarios para la efectiva concretización de diversos actos procesales vinculados.

- También se les brinda la posibilidad a los tribunales civiles, en el marco de los procesos de limitaciones de capacidad de progenitores de NNA inmersos en controles de legalidad, de disponer la pericia interdisciplinaria pertinente el mismo día en que se recepta la audiencia que prevé el art. 35 del Código Civil y Comercial. 

En miras a las necesidades propias del fuero, y como primer avance, se llevó adelante este proyecto que busca afianzar la comunicación e interacción de todos los operadores involucrados -tanto judiciales como extra poder-, implementando acciones conjuntas que brinden una mejor y mayor calidad en la prestación del servicio de justicia.

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