12/04/2022

Conceden el uso de la vivienda familiar a la mujer hasta que su hija menor cumpla 18 años

La casa había sido construida durante la convivencia de la pareja, pero el inmueble figuraba registrado bajo exclusiva titularidad del padre de las hijas en común.

El Juzgado de Familia de 6° Nominación de la ciudad de Córdoba a cargo de Marcela Alejandra Menta, atribuyó el uso de la vivienda familiar a una mujer y a sus hijas, hasta que la menor de ellas, que actualmente tiene 9 años, cumpla la mayoría de edad. Pese a que la casa fue construida durante los años de convivencia de la pareja, cuando el padre de las niñas hizo los trámites para la adquisición de la vivienda la puso a su nombre y, en consecuencia, el inmueble sede del hogar familiar quedó bajo su exclusiva titularidad.

En la presentación –patrocinada por la Asesoría de Familia del 5° Turno, a cargo de Sebastián Mastai- la madre de las niñas expresó que, durante la convivencia con su expareja, iniciaron las tratativas para acceder a un plan de vivienda que les permitiera acceder a un inmueble para habitar con el grupo familiar. Sin embargo, el padre de las niñas nunca quiso que ella “figurara” en modo alguno en la adquisición de ningún bien para el uso de la familia; esto, pese a que todo lo que se construyó durante años fue fruto de esfuerzo y el trabajo conjunto de ambos. En tal sentido, la mujer puntualizó que “su dedicación exclusiva al cuidado del hogar” hizo posible que su pareja “pudiese tener una mayor capacidad laboral”; mientras que, por su falta de experiencia laboral y de estudios, no puede acceder a un empleo formal bien remunerado.

En el decreto que atribuye de manera provisoria el uso de la vivienda familiar a la mujer, la jueza Marcela Alejandra Menta resaltó que “resulta manifiesta la situación económicamente desventajosa” en que se encuentra la madre de las niñas “para proveerse de una vivienda por sus propios medios”, ya que sus ingresos provienen de la inserción en el mercado laboral informal. Además, la magistrada estimó que la decisión de otorgar la casa a la actora “es la que más se compatibiliza y tiene en cuenta -entre otras valoraciones- un juzgamiento con perspectiva de género”.


Causa: “L., M. A. c/ C., D. R. - Alimentos - Régimen comunicacional - Ley 10.305”.
Fecha: 15 de marzo de 2022.
Resolución: Decreto de fecha 15/03/2022.

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