04/07/2022

Autorizan a Molino Cañuelas a pagar deuda preconcursal con firma que gestiona compra de gas

El tribunal consideró que la continuación de la relación contractual con la empresa Metroenergía SA “deviene esencial su para el sostenimiento del giro empresario de la concursada”.

El Juzgado en lo Civil y Comercial de 6° Nominación de Río Cuarto autorizó a la empresa Molino Cañuelas SACIFIA a pagar la deuda preconcursal que mantenía con Metroenergía SA como así también las cuotas de los contratos que la vinculan con esta firma, encargada de gestionar la adquisición de gas natural para sus diferentes plantas de producción.

La jueza Mariana Martínez explicó que la decisión de autorizar la continuación de la relación contractual que une a las partes “deviene esencial para el sostenimiento del giro empresario de la concursada”.  Agregó que la gestión en la compra de gas natural que realiza Mesa SA “asegura el abastecimiento en los volúmenes que la concursada requiere en cada una de sus plantas, dentro de los márgenes establecidos contractualmente”.

En su decisión de continuar la vigencia de los contratos, la magistrada destacó la conveniencia de lo acordado sobre la modalidad de abastecimiento pactada para el primer año, respecto de las plantas de Río Cuarto, Adelia María y Spegazzini, a través de la distribuidora zonal respectiva a una tarifa subsidiada. En tanto, respecto de la planta sita en la localidad de Cañuelas, advirtió los beneficios del precio convenido, atendiendo que los niveles de consumo para la misma son excesivamente superiores a las demás.

Asimismo, la jueza Martínez enfatizó que la deuda preconcursal con Mesa SA tiene una “escaza representación” en el pasivo concursal denunciado, ya que representa apenas el 0,00026%.

Por otro lado, indicó que la continuidad de los contratos “tiene directa incidencia en la explotación fabril y empresaria de la concursada, desde que supone mantener abastecida de gas natural sus plantas, en los  volúmenes requeridos y a precios razonables y convenientes”.

“En otro orden de ideas, no puede soslayarse el contexto del mercado energético, el panorama mundial existente, su inmediata implicancia en la escalada desmedida del precio del gas natural y la crisis energética imperante en nuestro país”, expresa la sentencia.


Causa: "Molino Cañuelas S.A.C.I.F.I.A - Concurso preventivo”.
Fecha: 7 de junio de 2022.
Resolución: Auto n.° 130.


Río Cuarto