09/10/2023

Amplían la oralidad civil a todos los juicios contenciosos declarativos en 25 juzgados del interior

La medida dispuesta por el TSJ rige desde hoy, lunes 9 de octubre, y se completa, así, la extensión plena de la oralidad civil efectiva en los 83 juzgados con competencia civil de la provincia.


A partir de hoy, lunes 9 de octubre, la oralidad civil efectiva se aplicará a todos aquellos juicios contenciosos declarativos que ingresen a 25 juzgados con competencia civil del interior provincial. Incluye, además, aquellos supuestos en los que no se haya dispuesto apertura a prueba. Así lo dispone el Acuerdo Reglamentario n° 1827, Serie “A”, del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

Los 25 juzgados corresponden a las siguientes sedes judiciales: Alta Gracia, La Carlota,  Marcos Juárez, Corral De Bustos, Bell Ville, Villa Maria, Morteros, Las Varillas, Villa Dolores, Cura Brochero, Cruz del Eje, Cosquín, Dean Funes y Río Tercero.

Concretamente, el acuerdo ordena lo siguiente: “Artículo 1. DISPONER desde el 09/10/2023 la extensión de la oralidad efectiva en los términos del art. 1 de la Ley 10.555 – con la modificación del art. 1 de la Ley 10.855- a todos los juicios contenciosos declarativos que se inicien a partir del 09/10/2023 y a todos aquellos en los que a dicha fecha no se haya dispuesto la apertura a prueba, con excepción de los procesos colectivos – en los términos del protocolo aprobado por el AR 1815 Serie “A” del 03/08/2023”. Luego, detalla las sedes judiciales y cada uno de los tribunales alcanzados por la medida. 

Cabe recordar que por medio de la sanción de la Ley 10.855, que modifica la Ley 10.555, se autoriza al TSJ a disponer la aplicación progresiva del proceso civil por audiencias a otros juicios declarativos.

Taller para la extensión

El 25 de septiembre pasado se llevó a cabo un taller con jueces y juezas (fotos), titulares de los juzgados de las sedes mencionadas, con la finalidad de analizar la factibilidad de la implementación de la extensión, establecer indicadores y metas, así como también conversar sobre las modificaciones dispuestas por el Nuevo protocolo de Gestión del proceso oral aprobado el pasado 3 de agosto del corriente año (Acuerdo Reglamentario N° 1815 Serie “A” – Anexo I). 

De esta manera, se mantiene y profundiza el rumbo trazado por el TSJ con el objetivo de aumentar la calidad de las decisiones jurisdiccionales, reducir los plazos totales del proceso de conocimiento y aumentar la satisfacción de los usuarios del sistema de justicia civil.

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