01/11/2023

Dejan sin efecto el archivo de la causa que investigaba la muerte de una mujer en Villa Dolores

Disponen que continúe de la investigación penal preparatoria. Buscan establecer si en el suicidio de la joven incidió el contexto de violencia de género en el que estaba inmersa.

La muerte de la joven Nadia Abigail Rivero Balmaceda continuará siendo investigada por la Fiscalía de Instrucción de Segunda Nominación de Villa Dolores. Así lo resolvió la Fiscalía de Cámara de la Sexta Circunscripción Judicial, en coincidencia con el criterio expresado por el Juzgado de Control de Villa Dolores, en su discrepancia con el archivo de las actuaciones.

En esa oportunidad, el juez Sergio Ariel Ponce sostuvo: “No puede escindirse la culminación de la vida de la víctima de toda la situación que estaba atravesando con su pareja. Hubo un pedido de ayuda palmario, previo a la muerte; terminó con su vida en la casa de su victimario, mientras él se hallaba presente en algún otro sitio de la casa”.

El magistrado admitió que no quedaban dudas respecto de la mecánica de la muerte establecida por la fiscalía: asfixia mecánica por ahorcamiento ejecutada por la misma víctima. Sin embargo, señaló que esa acción estaba inmersa en un contexto que debía ser valorado por la instrucción de manera insoslayable, “toda vez que ese escenario habría sido condicionante y/o determinante de la ‘decisión’ de la víctima de acabar con su vida”.  

El juez Ponce apuntó que no resultaba factible, desde ningún punto de vista, “recortar o escindir” el hecho de la muerte del contexto y analizarlo de manera aislada del resto de las acciones de violencia de género atribuidas imputado, que era su pareja en ese momento. 

Asimismo, en la discrepancia aclaró que la pareja de la víctima no sólo ejercía violencia física sobre ella, sino también y, principalmente, violencia psicológica. “Si bien esta forma de violencia no deja huellas físicas, palpables, que materialmente puedan apreciarse (…); tal modalidad puede acreditarse mediante indicios (…) tales como los que se señalaron precedentemente: mensajes enviados a través de dispositivos móviles, pedido de ayuda de la víctima, testimonios de personas confidentes y/o cercanas a ella”. 

En tal sentido, el magistrado insistió en que, tal como lo plantea la querella, no puede descartarse, hasta el momento, algún tipo de intervención no material por parte del imputado, que implique un reproche penal. 



Causa: “Oposición al decreto de archivo parcial del expediente mixto SAC formulada por la Dra. Mara Beltrame”.
Fecha: 3 de octubre de 2023.
Resolución: Auto n.° 90.

Villa Dolores