30 de marzo de 2026

Declaran la quiebra de la empresa frigorífica La Taba SRL, de la ciudad de Cruz del Eje

La decisión se adoptó a pedido de la propia sociedad, tras confesar la imposibilidad de continuar con la tramitación de su concurso preventivo y el agravamiento de su estado de insolvencia.


 
El Juzgado Civil y Comercial de 33º Nominación (Concursos y Sociedades n.º 6) de la ciudad de Córdoba declaró la quiebra indirecta de la empresa La Taba SRL, con sede social en el Frigorífico Municipal de la ciudad de Cruz del Eje.

Según la Ley de Concursos y Quiebras 24.522 (LCQ), la quiebra indirecta se declara como consecuencia del fracaso o la inviabilidad de un concurso preventivo en curso. En este caso particular, el tribunal aplicó una interpretación extensiva, ya que la inviabilidad fue admitida por la propia empresa antes de llegar a la etapa de propuesta de pago.

En una presentación judicial, la firma expresó que, en los últimos meses su situación económico-financiera, se agravó significativamente, lo que tornó inviable la continuidad de la actividad empresarial y, consecuentemente, la posibilidad de formular y obtener la aprobación de una propuesta factible para los acreedores.
 
La sindicatura colegiada será desempeñada por el estudio contable que intervino durante la etapa del concurso, integrado por las contadoras Fabiana Elizabeth del Valle Caminos y Alejandra Elisa Blangino, con domicilio en calle Bolívar N°370, 5° Piso, oficina F, teléfono (0351) 152426524, mail: fabicaminos@gmail.com. 

Además, se incorporó para las cuestiones laborales -entre otras- el estudio contable integrado por las contadoras Liliana Beatriz D’Ortencio y Susana Ruth Zapata, con domicilio en calle Gral. Alvear Nº 26, 1º Piso, oficina E, de la ciudad de Córdoba, teléfono (0351) 155097112, mail: dortencioliliana@yahoo.com. 

Reactivación de la planta

La jueza Marcela Susana Antinucci exhortó a la empresa, a los extrabajadores de la planta ubicada en la ciudad de Cruz del Eje, al Sindicato del Personal de Frigoríficos de la Industria de la Carne, a la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Córdoba (Delegación Cruz del Eje) y a la Municipalidad de Cruz del Eje a colaborar con la reactivación de la planta productiva.
 
Además, enfatizó que tanto el juzgado como las sindicaturas intervinientes se encuentran a disposición de los interesados para llevar adelante todo aquello que resulte de su competencia, dentro del marco legal, en pos de una eventual reapertura del establecimiento industrial y restablecimiento de la fuente laboral (más de 50 empleados).

Verificación de crédito

Respecto a los pedidos de verificación de crédito presentados ante la sindicatura durante el trámite del concurso preventivo, el tribunal dispuso que conservarán su validez en la etapa de quiebra. Además, resolvió que los acreedores por causa o título posterior a la fecha de presentación en concurso preventivo (15/05/2025) y anteriores a la declaración de quiebra (16/03/2026), deberán verificar sus créditos por la vía incidental, conforme lo establecen los artículos 202 y 280 de la Ley 24.522.
 
Asimismo, la magistrada dispuso mantener la fecha ya fijada en el concurso preventivo para que la sindicatura presente el informe general del art. 39 de la LCQ (26/05/2026) y proceda al recálculo de los créditos ya verificados hasta la fecha de declaración de quiebra (art. 202, de la LCQ).  

Finalmente, cabe destacar que se llevaron a cabo audiencias con la intervención de la asociación gremial de los trabajadores, el intendente de la ciudad de Cruz del Eje y las sindicaturas con la finalidad de analizar diversas alternativas que permitan continuar la explotación del frigorífico.   


Causa: “La Taba S.R.L. - Gran concurso preventivo”.
Fecha: 16 de marzo 2026.
Resolución: Sentencia n.° 13.

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