A partir del 1° de enero de 2021, una serie de trámites societarios que anteriormente eran competencia de los tribunales especializados del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba pasan a la órbita de la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas (IPJ Córdoba), dependiente del Ministerio de Finanzas de la Provincia de Córdoba. Así lo dispone la Ley provincial 10.724 y la RG 57/2020 de la IPJ.
En consecuencia, este órgano gubernamental tiene a su cargo, desde el año en curso, los siguientes trámites:
1) Los contratos constitutivos de las sociedades de responsabilidad limitada, sus modificaciones, disoluciones y liquidaciones, incluyendo la subsanación de las sociedades comprendidas en la Sección IV, del Capítulo I, de la Ley 19550.
2) Los contratos asociativos, de las transferencias de fondos de comercio y de aquellos otros contratos cuya inscripción registral le asigne la normativa vigente.
3) Las personas humanas que realizan una actividad económica organizada (art. 320, del Código Civil y Comercial) con domicilio comercial en la provincia de Córdoba, así como también de los actos contenidos en documentos complementarios, alteraciones, mandatos, revocatorias, limitaciones y cancelaciones.
4) La individualización y rúbrica de los libros sociales y contables.