13 de noviembre de 2019

El TSJ firmó un convenio con el Ministerio de Justicia provincial para cumplir con la Ley Micaela

Ambas instituciones ya venían desarrollando una capacitación continua sobre la temática de género.

La presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ), María Marta Cáceres de Bollati, y el ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia, Martín Farfán, firmaron el miércoles 13 de noviembre un convenio de colaboración recíproca con la finalidad de dar cumplimiento con la Ley Micaela, que establece la capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado.

En el marco de la ley provincial n° 10.628 de adhesión a la ley nacional n° 27.499 (Ley Micaela) y su reglamentación, que designa como autoridad de aplicación a la cartera de Justicia provincial, el TSJ suscribió un convenio de colaboración recíproca con la finalidad de profundizar las medidas de colaboración y participación recíproca que resulten necesarias a los fines de garantizar la excelencia en los procesos de capacitación obligatoria para dar respuesta a los preceptos establecidos en la citada ley.

Se designó a la directora de la Oficina de la Mujer, María Esther Cafure de Battistelli; y a la secretaria del TSJ Agustina Olmedo, encargada de la Oficina de Coordinación de Violencia Familiar, conjuntamente, como responsables en el ámbito del Poder Judicial, conforme lo requiere el artículo 2 de la reglamentación.

Según lo convenido, dichas dependencias se comprometen a elaborar y enviar a la Autoridad de Aplicación, los contenidos curriculares de las capacitaciones en la temática de género y violencia contra las mujeres con modalidad doméstica, como así también contenidos específicos en gestión con perspectiva de género y al dictado de las respectivas capacitaciones en coordinación con la Autoridad de Aplicación cuando la actividad lo requiera.

En el instrumento citado, se destacó que, tanto el Poder Judicial como el Gobierno provincial a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, vienen ejercitando un cúmulo de acciones tendientes a consolidar como política institucional y de Estado, la capacitación continua en la temática de género.
En particular en las acciones y las tareas desempeñadas por la Oficina de la Mujer y la Oficina de Coordinación de Violencia Familiar, ambas dependientes del TSJ, y la Secretaría de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas, de la cartera de Justicia.

Así también, se consideraron las obligaciones internacionales asumidas por la República Argentina en distintos tratados y convenciones de derechos humanos con jerarquía constitucional, tales como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará). Estas normas demandan arbitrar los mecanismos e instancias necesarias a los fines de efectivizar  la manda convencional, constitucional y legal de incorporar la perspectiva de género en los distintos ámbitos del Estado.

La Ley Micaela llega a complementar ese compromiso asumido por el Estado, al establecer el deber de capacitación obligatoria y permanente en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todos los integrantes de los tres Poderes, en todos sus niveles y jerarquías.

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