28 de noviembre de 2019

En seis días hábiles, se dictó sentencia en un divorcio tramitado por expediente electrónico

La resolución fue emitida por el Juzgado de Familia de 4° Nominación de la ciudad de Córdoba. Se trató de un divorcio por presentación conjunta.

El Juzgado de Familia de 4° Nominación de la ciudad de Córdoba, a cargo de la jueza Silvia Morcillo, dictó la primera sentencia de divorcio tramitada íntegramente mediante expediente electrónico en el tribunal. El proceso completo insumió seis días hábiles desde la interposición de la demanda hasta el dictado de la resolución definitiva.

Se trató de un divorcio por presentación conjunta o bilateral, en el que las partes manifestaron que no tenían cuestiones patrimoniales ni personales que convenir debido a la inexistencia de bienes en común para repartir.

En cuanto a la responsabilidad parental y la prestación alimentaria, los excónyuges expresaron que sus hijos nacidos del matrimonio eran todos mayores de edad y, por lo tanto, no había régimen comunicacional ni cuota alimentaria que acordar.

Una vez admitida la demanda e impreso el trámite de ley, se ordenó la intervención del Ministerio Publico Fiscal, luego de cuya intervención se ordenaron autos para resolver y, posteriormente, se dictó la sentencia respectiva. 
 
Causa: “R., O. R. – C., M. C. – Divorcio bilateral”.
Fecha: 20 de noviembre de 2019.
Resolución: Sentencia n.° 387.


Últimas noticias


1

Publican los resultados del examen para ingresar a la Policía Judicial

Un total de 175 profesionales de distintas disciplinas se presentaron al examen teórico-práctico. Aprobaron 136 personas, es decir, el 77,7% de los postulantes.
Ampliar


2

Venden materiales de la construcción y maquinarias de la empresa Márquez & Asociados

Se hará mediante una licitación pública. El juzgado busca generar dinero para pagar deudas de la quiebra y devolver a su locador un depósito ubicado en Malvinas Argentinas.
Ampliar


3

Rechazan planteo de inconstitucionalidad contra carácter vinculante de oposición fiscal a probation

La negativa fiscal a la suspensión del juicio a prueba no es más que la continuidad del ejercicio de la acción penal y no supone el ejercicio de una función jurisdiccional.
Ampliar


4

Villa María: dictan una sentencia de manera oral en un juicio civil por audiencias

Se rechazó una demanda por daño moral por el supuesto reconocimiento tardío de una niña. Los principales fundamentos fueron expresados oralmente por el juez a las partes involucradas.
Ampliar


¡Comparte!

Maneja el Texto

Aa- aA+