28 de noviembre de 2019

En seis días hábiles, se dictó sentencia en un divorcio tramitado por expediente electrónico

La resolución fue emitida por el Juzgado de Familia de 4° Nominación de la ciudad de Córdoba. Se trató de un divorcio por presentación conjunta.

El Juzgado de Familia de 4° Nominación de la ciudad de Córdoba, a cargo de la jueza Silvia Morcillo, dictó la primera sentencia de divorcio tramitada íntegramente mediante expediente electrónico en el tribunal. El proceso completo insumió seis días hábiles desde la interposición de la demanda hasta el dictado de la resolución definitiva.

Se trató de un divorcio por presentación conjunta o bilateral, en el que las partes manifestaron que no tenían cuestiones patrimoniales ni personales que convenir debido a la inexistencia de bienes en común para repartir.

En cuanto a la responsabilidad parental y la prestación alimentaria, los excónyuges expresaron que sus hijos nacidos del matrimonio eran todos mayores de edad y, por lo tanto, no había régimen comunicacional ni cuota alimentaria que acordar.

Una vez admitida la demanda e impreso el trámite de ley, se ordenó la intervención del Ministerio Publico Fiscal, luego de cuya intervención se ordenaron autos para resolver y, posteriormente, se dictó la sentencia respectiva. 
 
Causa: “R., O. R. – C., M. C. – Divorcio bilateral”.
Fecha: 20 de noviembre de 2019.
Resolución: Sentencia n.° 387.


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