El Juzgado Civil y Comercial de 13° Nominación (Concursos y Sociedades n.° 1) dictó la sentencia de categorización de acreedores en el concurso de agrupamiento de Conoc SRL, Khaliq Anwar SRL, Vlacol SAS, Ezequiel Ocaña y Verónica Ines Ocaña.
Concretamente, se estableció que, desde el lunes 1° de junio y hasta el 23 de octubre de 2026, rige el período de exclusividad. Durante este lapso, los acreedores y las concursadas negociarán los términos de un eventual acuerdo en base a una propuesta formulada por las concursadas, que debe ser aceptada mayoritariamente por los acreedores a través del otorgamiento de su conformidad.
El juez Lucas Dracich recordó a las firmas concursadas y a sus acreedores que toda conformidad suscrita por un representante deberá ir acompañada, en todos los casos, por el instrumento respectivo que acredite la representación invocada y las facultades suficientes para el otorgamiento de dicho acto. Esto, con independencia de los demás recaudos exigidos por el artículo 45, de la Ley de Concursos y Quiebras. Esta decisión busca garantizar la organización del proceso, en función de la cantidad de acreedores que integran la base de cálculo para el otorgamiento de conformidades.
Asimismo, la sentencia fija definitivamente las categorías de acreedores de la siguiente forma:
a) acreedores con privilegio especial;
b) acreedores con privilegio especial y general–laborales;
c) acreedores con privilegio general;
d) acreedores quirografarios–laborales;
e) acreedores quirografarios dinerarios; y
f) acreedores quirografarios–escrituración-
Dichas categorías se conforman con los acreedores y por los montos indicados en la pestaña correspondiente para cada grupo en el documento Excel adjunto, que forma parte integrante de esta resolución (ver archivos adjuntos).
Causa: “Conoc S.R.L.; Khaliq Anwar S.R.L.; Ocaña, Ezequiel Aurelio; Ocaña, Verónica Inés; Vlacol S.A.S. - Concurso de agrupamiento”.
Fecha: 28 de mayo de 2026.
Resolución: Sentencia n.° 57.