PERSONAL

¿Cómo son los concursos
para ingresar a tribunales?



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Conformación de planta
según jerarquía y sexo

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¿Cuántos agentes hay en la provincia?

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Distribución de agentes según jerarquía y sede

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Transparencia en el ingreso y acceso a cargos jerárquicos

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¿Cómo ingresan los empleados al Poder Judicial?

Desde hace más de 20 años, el Poder Judicial de Córdoba selecciona a sus integrantes a través de un Régimen de Concurso Público de Cargos que garantiza la igualdad de oportunidades y la selección por idoneidad. Este mecanismo institucional de acceso y promoción de cargos constituye un elemento diferenciador de este Poder Judicial en relación a otras instituciones estatales y es considerado un patrón modelo a imitar por otros Poderes Judiciales y organismos públicos.

Con el objetivo de profesionalizar la función judicial, el régimen se aplica tanto para ingresar (concursos abiertos al público en general) como para acceder a cargos jerárquicos (concursos cerrados para empleados del Poder Judicial) y pretende salvaguardar los principios de independencia, imparcialidad y transparencia.

El proceso de concursos de cargos incluye pruebas de oposición (con exámenes teóricos, prácticos, informáticos y dactilográficos), evaluación de antecedentes laborales, capacitación y estudios. En algunas convocatorias, también se incluye la presentación de proyectos de mejora y entrevista personal para la evaluación integral del postulante acorde a objetivos cognitivos, actitudinales y operativos inherentes al rol.

A partir de los resultados obtenidos por los concursantes se confecciona un orden de mérito que permite la designación de los postulantes más idóneos para el desempeño del cargo.

Todas las convocatorias a concurso de cargos, con el detalle de sus respectivos procesos, se publican en el sitio oficial del Poder Judicial

Concursos vigentes

¿Cómo ascienden los agentes judiciales?

El personal del Poder Judicial asciende de dos maneras: a través de la promoción automática o por concursos para el acceso a cargos jerárquicos. Ambas instancias se desarrollan a partir de Órdenes de Mérito, cuya gestión y confección se encuentra cargo de la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones, dependiente del Área de RRHH.

La promoción automática (concursos cerrados de títulos y antecedentes) es un sistema que permite a los empleados que no son funcionarios públicos (desde los cargo de meritorio hasta jefe de despacho mayor, personal obrero y maestranza), ascender a través de un orden de mérito que se construye a partir del puntaje que se otorga a cuestiones como antigüedad, títulos, antecedentes de capacitación y funciones dentro del Poder Judicial.

Por otra parte, para el acceso a cargos jerárquicos (concursos cerrados de títulos, antecedentes y exámenes), el personal es llamado a rendir exámenes para cubrir una vacante. En este caso, el listado de orden de mérito se confecciona a partir de los resultados de la evaluación, junto al puntaje obtenido por antecedentes de capacitación, títulos, antigüedad y funciones en el Poder Judicial.

¿Cómo se designa a jueces, fiscales y asesores letrados?

Desde la sanción de la ley 8802, hace más de 15 años, los jueces, los fiscales y los asesores letrados del Poder Judicial son designados por Poder Ejecutivo con la asistencia del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Córdoba. Acceden al cargo a través de concurso público de antecedentes y oposición. El llamado supone un proceso formal que garantiza la transparencia en el acceso a estos cargos e incluye instancias de prueba de oposición escrita anónima, evaluación de antecedentes, entrevista personal y orden de mérito. Para más información, visite la web del Consejo de la Magistratura de Córdoba.
–› Consejo de la Magistratura de Córdoba

Proceso de destitución de jueces y funcionarios

Los magistrados y funcionarios del Poder Judicial de Córdoba pueden ser denunciados por cualquier persona ante el Jurado de Enjuiciamiento, al solo efecto de su destitución, fundado en las causas que la autorizan. En el proceso actúa el Fiscal General de la Provincia (como acusador) y el Jurado de Enjuiciamiento integrado por un Vocal del Tribunal Superior de Justicia, cuatro legisladores (dos por la mayoría y dos por la minoría) y se lleva a cabo en la Legislatura de la provincia.


El acusado continúa en sus funciones si el Jurado no dispone lo contrario. El fallo debe dictarse dentro de los 60 días a contar desde la acusación, la que debe realizarse en el término de 30 días de formulada la denuncia, bajo la responsabilidad del Fiscal General.

Por su parte, los miembros del TSJ y el Fiscal General pueden ser sometidos a Juicio Político denunciados por cualquier ciudadano con causales específicas pero ante la Legislatura que se divide en dos salas a los fines de este proceso: la acusadora y la investigadora.
–› Jurado de Enjuiciamiento – Legislatura de Córdoba

Ética judicial

Todo ciudadano que tenga noticia acerca de una falta ética, en la que estén involucrados jueces y funcionarios judiciales, puede realizar su denuncia ante el Tribunal de Ética Judicial. Desde el año 2003 rige en Córdoba el Código de Ética para Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial. Esta normativa prevé que aquellos magistrados y funcionarios que incurran en actos que violen reglas deontológicas podrán ser sancionados por el tribunal mediante “recomendación simple” (apercibimiento) o “recomendación con elevación al TSJ”. En estos casos, será la Oficina de Sumarios Administrativos del Tribunal Superior de Justicia, el órgano que deberá ponderar y resolver sobre la cuestión. La denuncia debe presentarse ante la Oficina de Ética Judicial que funciona en el Palacio de Justicia I. Asimismo, esta dependencia se interesa de oficio por los comportamientos de magistrados y funcionarios como así también evacua consultas sobre esta temática.

Para más información visite la web de Ética Judicial

Acceso a declaraciones juradas de jueces y funcionarios

Conforme a lo establecido en la Ley 9471, el Tribunal Superior de Justicia reglamentó, a través del Acuerdo 942/08, la forma en que los magistrados y funcionarios judiciales efectúan las declaraciones juradas patrimoniales y el acceso a ellas por parte de quienes estuvieran interesados en pedirlas. Las solicitudes de acceso a las declaraciones juradas deben formularse por escrito consignando datos que identifican al peticionante y los motivos que justifican esta consulta. Estos pedidos son receptados por el Administrador General del Poder Judicial.

Perfeccionamiento e investigación

El Centro de Perfeccionamiento “Ricardo C. Núñez” es una escuela de capacitación judicial que tiene como objetivo contribuir al mejoramiento del servicio de administración de justicia a través de la capacitación y especialización de magistrados, funcionarios y agentes del Poder Judicial de la provincia. Asimismo, abre sus puertas a profesionales y estudiantes interesados en capacitarse o investigar sobre la temática judicial.

Además, ofrece un espacio para la investigación jurídica e interdisciplinaria. Se han publicado más de 20 trabajos de investigación desarrollados en su seno, entre las temáticas abordadas se destacan la de violencia familiar, violencia de género, abuso sexual y el análisis de sentencias de los fueros Civil, Penal y Laboral, entre otras.

Para más información visite el campus virtual del Centro de Perfeccionamiento “Ricardo C. Núñez”