08 de julio de 2020

Admiten acción colectiva de una asociación de consumidores contra una empresa de servicios aéreos

Los demandantes pretenden que la empresa Fly Bondi restituya a todos los usuarios el dinero invertido para comprar pasajes aéreos que luego fueron suspendidos por la pandemia del Covid 19.

El Juzgado Civil y Comercial de 51ª Nominación de la ciudad de Córdoba resolvió admitir como acción colectiva a una demanda interpuesta por la Asociación Civil “Acción y Defensa del Consumidor e Inquilino”, contra la empresa Fly Bondi Líneas Aéreas S.A.

La demandante perseguía el dictado de una medida de las llamadas “autosatisfactivas”, a fin de que se les restituya a todos los usuarios el dinero invertido para la adquisición de pasajes aéreos y cuyo servicio no fue prestado, por la suspensión de vuelos ordenada como consecuencia de la pandemia de Covid 19. En este marco, el juez Gustavo Massano reencuadró la pretensión como acción colectiva y asignó a la causa el trámite de proceso por audiencias de la Ley 10.555, aunque con las modificaciones y adaptaciones propias de aquélla.

El magistrado estimó que de la versión de la actora surgía la potencial configuración de los recaudos del proceso colectivo, según los lineamientos del precedente “Halabi” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; esto es, una causa de pretensión común a todos los perjudicados, una demanda enfocada en el aspecto colectivo de los efectos disvaliosos del hecho y que el interés individual considerado aisladamente no justifique plenamente la promoción de una demanda.

Asimismo, determinó “la existencia de una relación de consumo entre las partes del juicio y la consecuente aplicación del continente normativo de protección al consumidor.” En este sentido, afirmó: “No existen dudas de la calidad de proveedor que le cabe a la aerolínea, ni tampoco de la condición de destinatarios finales que le cabe a la descripción de la clase que efectúa la demandante.”

Finalmente, dispuso la fijación de la audiencia prevista por el artículo 58 del Código Procesal Civil y Comercial para el 21 de agosto próximo, previo a dar trámite al proceso asignado. También dio intervención al Ministerio Público Fiscal y dispuso que se ponga en conocimiento de la presente causa a quienes, eventualmente, pudieran integrar el “colectivo” identificado por la actora, para que comparezcan en la causa. A tales efectos, ordenó medidas concretas sobre su publicidad y definió de manera clara aspectos sobre la forma de las notificaciones.


Causa: “Acción y Defensa del Consumidor e Inquilino - Asociación Civil c/ FB Líneas Aéreas S.A. - Abreviado - Otros - Trámite Oral”.
Fecha: 7 de julio de 2020.
Resolución: Decreto de fecha 07/07/2020.

Últimas noticias


1

Ordenan restituir a un niño a Colombia, donde actualmente reside su padre

El juez concluyó que su traslado a Argentina fue ilícito. Sin embargo, la madre viajará con él y lo cuidará hasta que la Justicia de aquel país resuelva sobre la responsabilidad parental.
Ampliar


2

Una persona ciega deberá abonar un pagaré, aunque aseguró que no había firmado el documento

Mediante una pericia grafocinética se determinó que existía una correspondencia indubitable entre la rúbrica del documento y el puño escritor del demandado.
Ampliar


3

Distinguen a Domingo Sesin con el Premio Konex de Platino en la categoría Derecho Administrativo

La Fundación Konex entregará el premio al presidente del TSJ de Córdoba en noviembre de 2026 en el Salón de Actos de la UBA.
Ampliar


4

Comenzó la mudanza de juzgados y oficinas al nuevo edificio del Fuero de Familia

El traslado se concretará en cinco fines de semana consecutivos para minimizar la afectación del servicio de justica.
Ampliar


¡Comparte!

Maneja el Texto

Aa- aA+